Para garantizar que los consumidores estén informados acerca de la compatibilidad de la luminaria con lámparas de ahorro energético y de su eficiencia energética, todas las lámparas y luminarias de uso doméstico que se comercialicen deberán incorporar la etiqueta energética en cumplimiento del Reglamento 874/2012.
Fabricantes, distribuidores y puntos de venta están obligados a identificar las lámparas y luminarias con el etiquetado energético, similar al de los electrodomésticos, de tal manera que el consumidor pueda conocer la clase energética del producto antes de su adquisición. Un reglamento que no obstante excluye a las LED cuyo flujo luminoso sea superior a 30 lúmenes.
“Esta nueva etiqueta debe informar al consumidor de la eficiencia y el rendimiento de la bombilla (potencia consumida - flujo luminoso) para que pueda elegir entre varias lámparas equivalentes.
La etiqueta energética, además de indicar la compatibilidad entre las luminarias y las distintas clases de eficiencia energética de las bombillas (A++, A+, A, B, C, D o E), tiene que reflejar el consumo de energía ponderado en kWh por un periodo de 1.000 horas.
Esta información sobre las lámparas busca garantizar que los consumidores conozcan su eficiencia energética, Desde MANTRA recomiendamos que antes de adquirir un aparato de iluminación se identifique su función: “Un aparato de iluminación puede estar diseñado para iluminar, señalizar, indicar o decorar. Por tanto, dependiendo del escenario donde vaya a ser instalado debemos elegir la luminaria y/o la lámpara. Por ejemplo, no debería ser igual la lámpara utilizada en una zona de paso, que la lámpara instalada en una estancia de presencia permanente”.